Decreto359-2006·2006

ADELANTO DEL AJUSTE DIFERENCIAL OTORGADO A PASIVOS MILITARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de abril de 2006

Fecha de publicación

10 de setiembre de 2006

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese, para los retirados y pensionistas del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, un adelanto general del 3% (tres por ciento) sobre el monto de sus asignaciones de pasividad al 31 de agosto de 2006, a cuenta del ajuste previsto para el mes de enero de 2007. El referido adelanto a cuenta tendrá vigencia a partir del 1° de setiembre de 2006.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.