Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la Universidad de la República un crédito por los Impuestos al Valor Agregado y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, incluidos en las adquisiciones de bienes y servicios hasta un monto de dichas adquisiciones de U$S 20:000.000,oo (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América) neto, de los referidos impuestos, con cargo a la contribución financiera de la República Bolivariana de Venezuela para la mejora de la infraestructura edilicia y de equipamiento del Hospital de Clínicas "Dr. Manuel Quintela".- Dichos créditos serán materializados mediante certificados de crédito nominativos en el régimen aplicable a los exportadores y en las condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.-