Artículo 1 — Artículo 1
Ratifícase el convenio firmado el 13 de noviembre de 2007 entre el Ministerio de Salud Pública y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Ratifícase el convenio firmado el 13 de noviembre de 2007 entre el Ministerio de Salud Pública y el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).
Artículo 2 — Artículo 2
Créase en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", Programa 006 "Administración de la Red de Establecimientos de Agudos de Montevideo", Unidad Ejecutora 076 "Hospital Español", Financiación 1.1 "Rentas Generales", el Proyecto 736 "Hospital Español", con la asignación presupuestal dispuesta en el artículo 3° del presente decreto.
Artículo 3 — Artículo 3
Traspónese del Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay", Proyecto 739 "Adquisición, reparación y construcción de edificio", Financiación "Rentas Generales", al proyecto 736 "Hospital Español", de la Unidad Ejecutora 076 "Hospital Español" del Programa 006 "Administración de la Red de Establecimientos de Agudos de Montevideo", Financiación 1.1 "Rentas Generales" del Ministerio de Salud Pública el equivalente a U$S 30.000,oo (treinta mil dólares de los Estados Unidos de América).
Artículo 4 — Artículo 4
De lo actuado dése cuenta al Tribunal de Cuentas y a la Comisión Permanente.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese y pase por su orden al Ministerio de Desarrollo Social al Ministerio de Salud Pública y a la Administración de Servicios de Salud del Estado. Cumplido, elévese para su archivo.