Decreto361-1986·1986

CREACION DE GRUPO DE TRABAJO "UNIDAD DE APOYO A LA APLICACION Y DETERMINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/07/1986

Fecha de publicación

13/08/1986

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase en el Programa 01 "Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno: Subprograma 002 "Administración General" del Inciso 02 "Presidencia de la República", un grupo de trabajo denominado "Unidad de Apoyo".

Artículo 2Artículo 2

La Unidad de Apoyo tendrá como objetivo la prestación de un servicio social de asistencia y colaboración en todas aquellas situaciones que a su juicio resulten suficientemente justificadas. En casa caso los gestionantes deberán presentar por escrito y en forma fundada su petición.

Artículo 3Artículo 3

A tal fin compete a la Unidad de Apoyo; a) El estudio de las peticiones que se le remitan, para su tramitación o desestimación; b) Proporcionar a los necesitados los suministros que estén a su alcance, a cuyo efecto podrá coordinar con instituciones públicas y privadas la obtención de las prestaciones que estuvieren en condiciones de ofrecer.

Artículo 4Artículo 4

La Unidad de Apoyo podrá solicitar de los organismos públicos la colaboración necesaria para la consecución de los cometidos asignados.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc