Decreto362-2008·2008

REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA TAXIMETROS. RESOLUCION GMC Nº 15/01

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/07/2008

Fecha de publicación

8 de mayo de 2008

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que el 31 de agosto de 2009 caducarán las Aprobaciones de Modelos de los instrumentos de medición llamados "taxímetros" que se hubieran otorgado al amparo del Decreto Nº 401/995, de 6 de noviembre de 1995, modificado y ampliado por el Decreto Nº 434/996, de 19 de noviembre de 1996.

Artículo 2Artículo 2

A partir del 1° de Setiembre de 2012 todos los instrumentos de medición llamados "taxímetros" que se utilicen en el país para la comercialización de servicios deberán cumplir las previsiones establecidas en el reglamento técnico Decreto N° 456/001 de 22 de noviembre de 2001 y someterse anualmente a verificación periódica y vigilancia de su uso. (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese.