Decreto362-2023·2023

INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL, LA RESOLUCION DEL MERCOSUR (GMC) 12/22, QUE APROBO EL SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO: 3.7.48 - "REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/11/2023

Fecha de publicación

24/11/2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 12/22, de 20 de julio de 2022.

Artículo 2Artículo 2

Adóptase el Sub-Estándar 3.7.48 "Requisitos Fitosanitarios para Pinus spp. (Pino) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.