Decreto364-2000·2000

DECLARACION DE INTERES NACIONAL. AÑO INTERNACIONAL DE LOS VOLUNTARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de mayo de 2000

Fecha de publicación

12 de diciembre de 2000

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse de interés nacional las actividades y programas nacionales relativas a la celebración del Año Internacional de los Voluntarios, que coordine, promueva o auspicie el Comité Nacional AIV 2001.

Artículo 2Artículo 2

Desígnase, una Mesa Ejecutiva integrada por a) un Presidente, b) cuatro representantes de organizaciones no gubernamentales de reconocida trayectoria en el trabajo con voluntarios, designados por las organizaciones no gubernamentales que integran el Comité y c) cuatro representantes de los siguientes organismos públicos: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Deporte y Juventud, Banco de Previsión Social e Instituto Nacional del Menor.

Artículo 3Artículo 3

El Presidente, será elegido por la Mesa Ejecutiva, en consulta con los miembros del Comité Nacional AIV 2001.

Artículo 4Artículo 4

Facúltase al Comité Nacional AIV 2001 para relacionarse directamente con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales para optimizar el desarrollo de sus actividades.

Artículo 5Artículo 5

Exhórtase al Congreso Nacional de Intendentes a designar dos representantes con sus respectivos alternos en el Comité Nacional AIV 2001.

Artículo 6Artículo 6

Exhórtase a los entes autónomos y servicios descentralizados a prestar la colaboración que se requiera para el logro de los fines expuestos.

Artículo 7Artículo 7

COMUNIQUESE, publíquese, archívese.