Decreto364-2023·2023

INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL, LA RESOLUCION DEL MERCOSUR (GMC) 11/22, QUE APROBO EL SUB-ESTANDAR 3.7.10 "REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LOLIUM SPP (RAIGRAS) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR". (DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC N° 13/09)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/11/2023

Fecha de publicación

12 de enero de 2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 11/22, de 20 de julio de 2022.

Artículo 2Artículo 2

Adóptase el Sub-Estándar 3.7.10 "Requisitos Fitosanitarios para Lolium spp (Raigrás) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.