Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse a partir del 1° de enero de 2025, en tanto constituyen tarifas públicas, las correspondientes a la telefonía fija y pública de la Resolución del Directorio de ANTEL N° 1896/24, de 26 de diciembre de 2024, que se adjunta (*) y que forma parte del presente Decreto.