Decreto366-2023·2023

INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL, LA RESOLUCION DEL MERCOSUR (GMC) 05/22, POR LA QUE SE APROBO EL SUB ESTANDAR FITOSANITARIO: 3.7.29 - "REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ZEA MAYS (MAIZ) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/11/2023

Fecha de publicación

12 de abril de 2023

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al derecho jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 05/22, de 9 de junio de 2022.

Artículo 2Artículo 2

Adóptase el Sub-Estándar 3.7.29 "Requisitos Fitosanitarios para Zea mays (Maíz) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.