Decreto367-1989·1989

DECLARACION DE PAISAJE PROTEGIDO. MALDONADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de febrero de 1989

Fecha de publicación

24/11/1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declarar como "Paisaje Protegido" el área de Laguna del Sauce del departamento de Maldonado.

Artículo 2Artículo 2

Créase una Comisión Asesora con la finalidad de proponer las medidas a adoptar para la preservación del medio ambiente y la fauna silvestre existente en la referida área. La referida Comisión funcionará en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y estará integrada por los siguientes miembros: un delegado de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que la presidirá; un delegado del Instituto de Preservación del Medio Ambiente del Ministerio de Educación y Cultura; un delegado del Ministerio de Turismo y un delegado de la Intendencia Municipal de Maldonado. Asimismo, podrá incorporar hasta tres personas como miembros eventuales, los cuales deberán representar a instituciones de la zona o ser técnicos con notoria versación en el tema.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.