Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la prórroga del plazo previsto en el Art. 1°. del Decreto No. 338/011, de 22 de setiembre de 2011 y establécese que los restos del General José Gervasio Artigas permanecerán en el Regimiento "Blandengues de Artigas" de Caballería N° 1 hasta tanto el Salón de los Pasos Perdidos del Poder Legislativo se encuentre en condiciones de recibir los mismos.