Decreto37-1991·1991

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 1990. ENERO 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/01/1991

Fecha de publicación

19/02/1991

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 1990, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 11.007,73 (nuevos pesos once mil siete con 73/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 1990 en N$ 10.645,07 (nuevos pesos diez mil seiscientos cuarenta y cinco con 07/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de diciembre de 1990 a 1.964,81 (mil novecientos sesenta y cuatro con 81/100) sobre base diciembre de 1985=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 1991, es de 2,0089 (dos con ochenta y nuevo diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.