Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase al Plan General de Estudios de la Escuela Técnica de Aeronáutica, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase al Plan General de Estudios de la Escuela Técnica de Aeronáutica, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
El Comando General de la Fuerza Aérea a través de los organismos competentes reglamentará el diseño curricular a nivel de asignaturas del presente Plan General de Estudios, completándolo en lo que fuera menester.-
Artículo 3 — Artículo 3
Anualmente el Comando General de la Fuerza Aérea determinará los cursos de capacitación y de pasaje de grado a dictarse en el correspondiente año lectivo. Con los cursos regulares se procederá a confirmar anualmente los cursos a desarrollarse de acuerdo a la planificación quinquenal efectuada por el Comando Aéreo de Personal, sobre la base de las reales necesidades de aerotécnicos en las distintas especialidades.-
Artículo 4 — Artículo 4
Derógase el Decreto 169/998 de 7 de julio de 1998.-
Artículo 5 — Artículo 5
Dése cuenta a la Asamblea General.-
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido, archívese.-