Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase a los funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social afectados a servicios inspectivos y otras tareas de esa Secretaría fuera del departamento habitual de cumplimiento de funciones el régimen establecido en el artículo 1° del Decreto N° 736/87 de 9 de diciembre de 1987.