Decreto370-2020·2020

REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 5, 6 Y 7 DE LA LEY 19.932, REGLAMENTARIA DE LOS ARTS. 37 Y 38 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/2020

Fecha de publicación

31/12/2020

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo 5 de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020, el ingreso al país de aquellos funcionarios de otros Gobiernos con fines vinculados específicamente a las relaciones exteriores y al comercio internacional, siempre que se cumplan las medidas sanitarias dispuestas por Uruguay.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.