Decreto371-1992·1992

VIVIENDAS - MERCADO COMUN DEL SUR - MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de mayo de 1992

Fecha de publicación

30/09/1992

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a ejecutar a través de la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, previa suscripción de convenios, programas de vivienda de núcleos familiares cercanos a zonas de desarrollo, zonas de fronteras y todos aquellos lugares que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente crea pertinente atender, tendiente a la inserción de nuestro País en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Artículo 2Artículo 2

En los expresados convenios se establecerán las condiciones en que se entregarán fondos, reintegro total o parcial de los mismos y toda otra disposición que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente entienda necesaria.

Artículo 3Artículo 3

La asistencia referida se hará con cargo a los recursos destinados a la ejecución del Plan Quinquenal de Viviendas (Proyecto 704).

Artículo 4Artículo 4

Las amortizaciones que la Comisión Honoraria Pro - Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR) que realice al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en cumplimiento de los convenios que suscribieren, se incorporarán al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, conforme con lo dispuesto por el artículo 81, literal D de la Ley No. 13.728 en la redacción dada por el artículo 1o. de la Ley No. 16.237.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.