Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar -insistiendo en el gasto- al Ministerio de Transporte y Obras Públicas en forma excepcional a transferir directamente a CONAFIN-AFISA (Corporación Nacional Financiera Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima) hasta la suma de $ 150:000.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta millones) con anterioridad al 30 de setiembre de 2016, con cargo a sus créditos presupuestales, a efectos de dar continuidad a la política respecto al transporte colectivo de pasajeros.