Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase del cómputo de retribuciones para la limitación establecida en el inciso 1° del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, a la "Compensación por Dedicación Especial" (Objeto del Gasto 042.013) que perciben los funcionarios del Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay".