Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Bonos del Tesoro hasta la suma de 2.500:000.000.00 (yenes dos mil quinientos millones) que se denominarán Bonos en yenes Serie A (1989) Serie a cinco años de plazo. El valor de cada Bono no será inferior a yenes 10:000.000 (yenes diez millones). Los Bonos serán al portador y llevarán la firma del Ministro de Economía y Finanzas.