Decreto376-2023·2023

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2023

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/11/2023

Fecha de publicación

12 de mayo de 2023

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de setiembre de 2023, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.626,80 (pesos uruguayos mil seiscientos veintiséis con 80/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2. (dos) meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de setiembre de 2023 en $ 1.615,11 (pesos uruguayos mil seiscientos quince con 11/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice de Precios del Consumo asciende en el mes de setiembre de 2023 a 103,66 (ciento tres con 66/100), sobre base octubre 2022=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2023 es de 1,0387 (uno con trescientos ochenta y siete diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y archívese.