Decreto377-2018·2018

APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 09/18. REQUISITOS ZOOSANITARIOS DE LOS ESTADOS PARTES PARA LA IMPORTACION TEMPORAL DE EQUIDOS. DEROGACION DE LAS RES. GMC NOS. 21/07, 22/07 y 24/10

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de diciembre de 2018

Fecha de publicación

22/11/2018

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Adóptanse los "Requisitos Zoosanitarios de los Estados Partes para la importación temporal de équidos" así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional para la exportación temporal de équidos a los Estados Partes del MERCOSUR" y el "Modelo de Certificado Adicional para retorno a los Estados Partes del MERCOSUR de équidos exportados para participar en el eventos sin finalidad reproductiva", los cuales fueron aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC/RES. N° 09/18, de 19 de abril de 2018, que constan como Anexo adjunto (*) al presente Decreto y que forma parte integrante del mismo.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Publíquese en el Diario Oficial, comuníquese, difúndase, etc.