Decreto378-2005·2005

CONTROL DE VEHICULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de mayo de 2005

Fecha de publicación

10 de diciembre de 2005

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

La Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas expedirá un documento único a las empresas de transporte profesional de carga y a cada uno de los vehículos asociados a las mismas, el cual se denominará Cédula de Identificación de la empresa y del vehículo.

Artículo 2Artículo 2

Dicho documento sustituirá para las referidas empresas al actual "Permiso Nacional de Circulación" previsto en la reglamentación señalada en los Resultandos del presente Decreto, de manera de evitar una duplicación de documentos y trámites por parte de esa categoría de empresas y sus vehículos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.