Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse, con carácter nacional, las siguientes retribuciones mínimas, categorías y demás condiciones laborales para los trabajadores comprendidos en el Grupo 3 - Barracas de Productos del País y Afines-Subgrupo: Barracas y Depósitos de consignación de lanas, cueros y afines, con vigencia desde el 1° de junio de 1985 y hasta el 30 de setiembre de 1985: A) Cargos, funciones y remuneraciones de empleados de Empresas Exportadores de lanas: Base Marzo/85 N$ Comprador: Técnico lanero autorizado a efectuar operaciones de compra de frutos del país, con decisión propia. 41.000.00 Jefe de Contaduría: Persona que tiene bajo su responsabilidad todas las funciones administrativo-contables, pudiendo realizar movimientos bancarios y de caja, supervisando la contablilidad preparando analisis de cuentas, confeccionando los balances y responsabizándose por las obligaciones fiscales. Realiza todas las demás tareas inherentes a su cargo. 40.000.00 Encargado de Finanzas: Persona que tiene a su cargo la obtención de recursos financieros, realiza el contacto con los bancos a nivel gerencial y controla el uso eficiente de los mismos. 40.000.00 Segundo Comprador: Técnico lanero autorizado a efectuar operaciones de compra de frutos del país, actuando con instrucciones precisas de la dirección de la empresa. 39.000.00 Mayordomo: Persona que dependiendo de la dirección de la empresa tiene la jefatura de la barraca a su cargo. 38.000.00 Jefe de Clasificación: Idóneo lanero que dependiendo de la dirección de la empresa, supervisa y es responsable de la correcta marcha de las clasificaciones. 37.000.00 Tenedor de Libros: Persona que en coordinación con la contaduría y bajo la supervisión de esta, lleva la contabilidad, en forma permanente, interviniendo en la revisación, imputación y codificación de la documentación referente a movimientos contables que llegan para ser procesados. 32.000.00 Encargado de Embarques: Persona que tiene a su cargo y orden la vigilancia o realización de todos los tramites ante las oficinas estatales y privadas, a efectos de que cumplan los embarques de la empresa. Contrata fletes y coordina con las agencias marítimas o terrestres y prepera toda la documentación de embarque. 32.000.00 Oficinista Calificado: Persona capacitada ya, para el desempeño de cualquier trabajo de administración con redacción comercial propia. Se preferirá el conocimiento útil de un idioma extranjero. Podrá desempeñar las funciones de cajero. Capatáz: Persona que tiene a su cargo toda la responsabilidad de la ejecución de los trabajos de la barraca del orden interno del personal obrero, encargándose de tomar personal, suspender, despedir y de la disciplina correspondiente, siempre de acuerdo con sus superiores jerárquicos. 29.000.00 Oficinista: El que sin llegar a tener las condiciones del oficinista calificado, conoce más de una tarea de administración. 23.000.00 Ayudante Semi- Técnico: Coordinador entre la barraca y el escritorio en lo que se refiere al moviemiento de lanas. Debe tener conocimientos de cálculo y a su vez, poseer relativamente buenos conocimientos de lana. Debe ser apto para revisaciones en bolsa y sobre el lomo de la oveja. 20.000.00 Ayudante de barraca: Persona que está a las órdenes del Mayordomo o del Capatáz y que desempeña todas las tarea de apoyo a éstos, efectúa las anotaciones, controla la coordinación. Puede actuar como recibidor de lana dependiendo jerárquicamente de la dirección de la empresa. 20.000.00 Auxiliar: Persona que debe hacerse útil para todo tipo de tareas administrativas o de maestranza, sea en la oficina como en la barraca. 16.500.00 Sereno: Persona que realiza sus funciones específicas. Cuando las realizare en el horario entre las 0 y las 6 horas el sueldo mínimo será 20% superior al asignado. 10.000.00 Chofer: Persona que realiza sus funciones específicas. 10.000.00 Meritorio: Persona que se inicia en la empresa, pudiendo gradualmente desempeñar funciones que por su índole sean consideradas de aprendizaje, sea las oficinas como en la barraca. Se incluye en este cargo al Cadete que transporta habitualmente dinero en efectivo, al Telefonista y al Recepcionista. 8.000.00 Cadete: El que realiza tareas de mensajero, pudiendo gradualmente desempeñar funciones que por su índole sean consideradas de aprendizaje, Mayor y/o menor de 18 años. SMN Limpiador. Persona que realiza sus funciones específicas SMN B) Cargos, funciones y remuneraciones de empleados de Consignatarios y Vendedores de lanas y cueros: Base Marzo/85 N$ Vendedor: Persona que está autorizada a efectuar las operaciones de comercialización, con decisión propia. 35.000.00 Jefe Administrativo: Persona que bajo la supervisión de la Dirección, tiene a su responsabilidad todas las funciones administrativas, financieras y/o de la empresa. 33.000.00 Segundo Vendedor: Persona que bajo la supervisión de la dirección y/o el vendedor, efectúa las operaciones de comercialización, sin decisión propia. 29.000.00 Encargado de Galpón: Persona que dependiendo de la Dirección tiene bajo su responsabilidad la barraca. 24.000.00 Oficial Administrativo: Persona que por su preparación y conocimientos atiende toda clase de trabajos administrativos y/o contables, pudiendo secundar al Jefe Administrativo realizar tareas como la del Tenedora de Libros o Cajero. 20.000.00 Auxiliar Administrativo: Persona útil para toda clase de tareas de acuerdo al criterio de la empresa y capacidad del empleado. Su actividad se puede desarrollar tanto en los escritorios como en la barraca. 15.500.00 Sereno: Persona que realiza sus funciones específicas. Cuando las realizare en el horario entre las 0 y las 6 horas el sueldo mínimo será 20% superior al asignado. 10.000.00 Meritorio Administrativo: Persona que realiza tareas administrativas, tanto en los escritorios como en la barraca, que por su índole son consideradas como aprendizaje. Al Cadete que transporta habitualmente dinero en efectivo se lo incluirá en este cargo. Se incluye en ésta categoría al Telefonista y al Recepcionista. 8.000.00 Cadete: Persona que realiza tareas de mensajero, asumiendo funciones que por su índole sean consideradas como de aprendizaje. Mayor y/o menor de 18 años. SMN Limpiador: Persona que realiza sus funciones específicas. SMN C) Cargos funciones y remuneraciones de empleados de Exportadores y Comerciales de Cueros: Iguales a la enumeradas en el literal anterior (B), además: Encargado de Embarques: Persona que tiene a N$ a su cargo y orden la vigilancia o realización de todos los trámites ante las oficinas estatales y privadas a efectos de que se cumplan los embarques de la empresa. Contrata fletes y coordina con las agencias marítimas o terrestres y prepara toda la documentación del embarque...Salario Mínimo 23.000.00 D) Cargos, funciones y remuneraciones del personal jornalero de las Empresas: Exportadores de lanas; Consignatarios y Vendedores de lanas y cueros, y Exportadores y comerciantes en cueros: N$ Oficial clasificador de lanas: Es el que realiza todas las tareas concernientes a la clasificación de lanas. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 1.372,16 Medio Oficial clasificador de lanas: Es el que una vez superado el período de prueba a criterio de la empresa, realiza tareas de aprendizaje de clasificación de lanas. Una vez efectuado el aprendizaje por el período máximo de una año, pasará a la categoría de oficial. Jornal, a partir del 1°de junio de 1985: 1.069,42 Clasificador de cueros: Es el operario que clasificacueros de animales ovinos, vacunos, etc. Jornal, a partir del 1º de junio de 1985: 1.069.42 Peón recibidor: Es el que recibe lanas o cueros en el establecimiento o fuera de él, efectuando los controles que la empresa indique. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 1.069.42 Peón de prensa: Es el operario que realiza las tareas inherentes a la prensa de lanas y cueros. Jonrnal, a partir del 1º de junio de 1985: 798.11 Peón especializado: Es el peón que está capacitado para realizar todas las funciones de peón de barraca y computa en la empresa un mínimo de 1.800 horas. En los casos de los obreros que computen un mínimo de 1.800 horas en el gremio, pero no en la empresa, la Gerencia de ésta última hará las averiguaciones del caso con miras a adoptar una decisisión. Jornal.a partir del 1° de junio de 1985: 770.60 Peón común: Es el que realiza todas las tareas inherentes a su categoría, hasta completar las 1.800 horas referidas respecto al peón especializado. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 701.42 Mecánico o maquinista: Es el operario que realiza en la empresa las tareas de mecánica, electricidad, manejo de máquinas (prensa, guinche, etc.), mantenimiento, etc. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 806,09 Chofer de Barraca: Es el que conduce el vehículo de la empresa y realiza las tareas de mantenimiento del mismo, no pudiendo realizar otras tareas en el establecimiento. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 819.15 Sereno: Es el que realiza las tareas inherentes a su cargo. Jornal, a partir del 1° de junio de 1985: 759.22 Desbordador: se mantendrá la actual asignación de tareas, debiendo fomentar las empresas las especialización en esa función, atento a la carencia actual de desbordadores. (*)