Decreto379-1998·1998

CREACION DE LA UNIDAD CENTRAL DEL PROGRAMAS DE SERVICIOS AGROPECUARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/12/1998

Fecha de publicación

1 de noviembre de 1999

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Unidad Coordinadora Central del Programa de Servicios Agropecuarios, la que estará ubicada en el ámbito del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el que le proporcionará el local, la infraestructura y los recursos necesarios para su funcionamiento.

Artículo 2Artículo 2

Será competencia de la Unidad Coordinadora que se crea por el presente decreto realizar el gerenciamiento y control financiero y administrativo del Programa de Servicios Agropecuarios y sus respectivos subprogramas y demás componentes, así como ejercer la necesaria coordinación entre las distintas entidades nacionales involucradas en la ejecución del programa y entre éstas y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Artículo 3Artículo 3

La Unidad Coordinadora estará dirigida por un Director Nacional designado por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y contará con el personal profesional, administrativo y de servicio que dicha Secretaría de Estado considere necesario asignarle para el cabal cumplimiento de sus cometidos.

Artículo 4Artículo 4

Serán recursos de la Unidad Coordinadora Central del Programa de Servicios Agropecuarios los que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca afecte al cumplimiento de sus cometidos, según el programa anual que su Director Nacional eleve a consideración de esa Secretaría de Estado.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.