Artículo 1 — Artículo 1
Declaración promocional.- Declárase promovida de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de colocación internacional de títulos valores, desarrollada por entes autónomos y servicios descentralizados que integran el dominio industrial y comercial del Estado.