Decreto38-1997·1997

EXONERACION DE APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y SEGURO SOCIAL POR ENFERMEDAD. ASOCIACION CIVIL MANOS DEL URUGUAY Y COOPERATIVAS ARTESANALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de mayo de 1997

Fecha de publicación

18/02/1997

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que la Asociación Civil MANOS DEL URUGUAY y las COOPERATIVAS ARTESANALES QUE LA INTEGRAN, a los efectos de la exoneración de los aportes patronales a la Seguridad Social y Seguro Social por Enfermedad recaudados por el Banco de Previsión Social, están comprendidas en lo que dispone el artículo 69 de la Constitución de la República.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.