Decreto38-1999·1999

FIJACION DE LAS TASAS DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de marzo de 1999

Fecha de publicación

2 de octubre de 1999

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse las siguientes tasas de devolución de tributos a las exportaciones registradas a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto, para los productos que se indican: ITEM N.C.M. % DEV. S/FOB 4202.31.00.19 c/materia prima principal de origen nacional 2.75 5501.20.00.00 2.50 9506.62.00.90 c/materia prima principal de origen nacional 3.25

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-