Artículo 1 — Artículo 1
Sustitúyese el Anexo del Decreto N° 78/003 de 27 de febrero de 2003, y sus modificativos, por el Anexo que se incorpora a este Decreto como parte integrante del mismo. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Sustitúyese el Anexo del Decreto N° 78/003 de 27 de febrero de 2003, y sus modificativos, por el Anexo que se incorpora a este Decreto como parte integrante del mismo. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Dicho Anexo se encuentran a disposición de los interesados en las páginas web de Presidencia de la República http://presidencia.gub.uy/ y del Ministerio de Economía y Finanzas - Asesoría de Política Comercial y http://apc.mef.gub.uy/.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y archívese.