Decreto38-2025·2025

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ENERO 2025

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/02/2025

Fecha de publicación

27/02/2025

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de enero de 2025, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.747,25 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta y siete con 25/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de enero de 2025 en $ 1.745,30 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta y cinco con 30/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice de Precios del Consumo asciende en el mes de enero de 2025 a 111,51 (ciento once con 51/100), sobre base octubre 2022=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de febrero de 2025 es de 1,0505 (uno con quinientos cinco diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y archívese.