Decreto381-2011·2011

INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNO LA DECISION Nº 58/10 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR (CMC). EXCEPCIONES ARANCELARIAS AL ARANCEL EXTERNO COMUN (AEC)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de julio de 2011

Fecha de publicación

16/11/2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al ordenamiento jurídico interno la Decisión N° 58/010 del Consejo del Mercado Común del Mercosur, que consta como Anexo (*) y forma parte del presente Decreto.-

Artículo 2Artículo 2

Elimínase de la Lista de Excepciones al AEC, establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 642/006, de 27 de diciembre de 2006, y modificada por los Decretos Nos 261/008, 271/009 y 192/010, los ítems: 2008.70.10 y 4407.29.10.-

Artículo 3Artículo 3

Incorpórese a la Lista de Excepciones al AEC, establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 642/006, de 27 de diciembre de 2006, y modificada por los Decretos Nos 261/008, 271/009 y 192/010, el ítem 5509.32.00, que tributará una Tasa Global Arancelaria extra-zona de 0% (cero por ciento).-

Artículo 4Artículo 4

Dése cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.-