Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al ordenamiento jurídico interno la Decisión N° 58/010 del Consejo del Mercado Común del Mercosur, que consta como Anexo (*) y forma parte del presente Decreto.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al ordenamiento jurídico interno la Decisión N° 58/010 del Consejo del Mercado Común del Mercosur, que consta como Anexo (*) y forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2 — Artículo 2
Elimínase de la Lista de Excepciones al AEC, establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 642/006, de 27 de diciembre de 2006, y modificada por los Decretos Nos 261/008, 271/009 y 192/010, los ítems: 2008.70.10 y 4407.29.10.-
Artículo 3 — Artículo 3
Incorpórese a la Lista de Excepciones al AEC, establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 642/006, de 27 de diciembre de 2006, y modificada por los Decretos Nos 261/008, 271/009 y 192/010, el ítem 5509.32.00, que tributará una Tasa Global Arancelaria extra-zona de 0% (cero por ciento).-
Artículo 4 — Artículo 4
Dése cuenta a la Asamblea General.-
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese, etc.-