Decreto382-1987·1987

AUTORIZACION DE VIAJES OFICIALES AL EXTERIOR DE FUNCIONARIOS PUBLICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de abril de 1987

Fecha de publicación

21/08/1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase a los jerarcas y funcionarios del Ministerio de Turismo de la observancia de los requisitos establecidos por el decreto 467/985 de 27 de agosto de 1985, autorizándoles a trasladarse a la República Argentina y a la República Federativa de Brasil, toda vez que así lo requiera la necesidad de incrementar el turismo receptivo nacional.

Artículo 2Artículo 2

Los pasajes y viáticos diarios correspondientes serán autorizados por resolución del Ministerio de Turismo y se liquidarán por la Contaduría Central del Inciso 09.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.