Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndese a todas las cuentas del Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura, la facultad concedida por el artículo 1º del Decreto 838/988 de 13 de diciembre de 1988, con los requisitos previstos en el mismo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndese a todas las cuentas del Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura, la facultad concedida por el artículo 1º del Decreto 838/988 de 13 de diciembre de 1988, con los requisitos previstos en el mismo.
Artículo 2 — Artículo 2
Notifíquese, comuníquese, a la Contaduría General de la Nación, al Tribunal de Cuentas y pase a sus efectos a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura.