Decreto382-1997·1997

MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACION Y DE ASCENSO DEL PERSONAL SUPERIOR Y SUBALTERNO DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/10/1997

Fecha de publicación

11 de mayo de 1997

Artículos (2)

Artículo 1

Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 110mo. del Reglamento de Calificación y de Ascenso del Personal Superior y Subalterno del Ministerio de Defensa Nacional aprobado por el Decreto 245/993 de fecha 1º de junio de 1993, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 110mo.- Una vez conferidos los ascensos acorde a los sistemas y requisitos establecidos en el Título I y II del presente Reglamento, y en caso de subsistir vacantes o de no existir postulantes, se establece el siguiente mecanismo de excepción: - Por Concurso, mediante 2do. llamado al personal que no acredite el tiempo mínimo exigido y se encuentren en la primera mitad de la nómina de su grado en esas condiciones en el escalafón respectivo, si aún así subsistieran vacantes, autorízase a un 3er. llamado a concurso a los funcionarios que se encuentren en la 2da. mitad de la nómina mencionada.-

Artículo 2

Artículo 2.- Derógase el artículo 111ro. del Reglamento citado aprobado por Decreto 245/993 de 1º de junio de 1993.