Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la Armada Nacional, Unidad Ejecutora 018 dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, un crédito por los Impuestos al Valor Agregado y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, incluidos en las adquisiciones de bienes y servicios hasta un monto de U$S 300.000,00 (trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América), neto de dichos impuestos, con cargo a la contribución financiera del Gobierno de los Estados Unidos de América para la ejecución de las obras correspondientes a la remodelación y construcción de nuevas instalaciones en el Aeropuerto Capitán Curbelo y en la Base Militar de Punta del Este.- Dichos créditos serán materializados mediante certificados de crédito nominativos en el régimen aplicable a los exportadores y en las condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.-