Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UI 10.500:000.000 (diez mil quinientos millones de Unidades Indexadas) en los plazos de 2 (dos) a 25 (veinticinco) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2021.