Decreto385-2007·2007

SE ENCOMIENDA A LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO LA ADMINISTRACION DEL FONDO POR EL CUAL SE SUBSIDIA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/10/2007

Fecha de publicación

23/10/2007

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Encomiéndese a la Corporación Nacional para el Desarrollo la administración del fondo a través del cual se subsidie el transporte colectivo de pasajeros urbano y suburbano, con el objetivo de reducir el precio de los boletos respectivos.

Artículo 2Artículo 2

El fondo se constituirá con la transferencia de la partida asignada por la Ley Nº 18.180 de 5 de octubre de 2007.

Artículo 3Artículo 3

Los criterios de distribución del fondo serán determinados conjuntamente por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en base al número de boletos vendidos.

Artículo 4Artículo 4

Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar la transferencia de la partida asignada en la Ley.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.