Decreto386-1990·1990

RELACIONES EXTERIORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/08/1990

Fecha de publicación

28/09/1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Las autoridades competentes tomarán las medidas adecuadas para asegurar el efectivo cumplimiento de la Resolución N° 661 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 6 de agosto de 1990, que se anexa al presente decreto.

Artículo 2Artículo 2

Prohíbase la realización, en el ámbito de la jurisdicción nacional, de las actividades previstas en los numerales 3 y 4 de la mencionada resolución durante el plazo de su vigencia.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.