Decreto386-1997·1997

APROBACION PROYECTO DE ACUERDO DE CANCELACION DE DEUDA ENTRE URUGUAY Y LA FEDERACION DE RUSIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/10/1997

Fecha de publicación

11 de julio de 1997

Artículos (8)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Proyecto de Acuerdo inicialado en Moscú el 27 junio de 1997. (*)

Artículo 2Artículo 2

Autorízase al señor Subsecretario de Relaciones Exteriores a suscribir el acuerdo definitivo de cancelación de deuda con la Federación de Rusia.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a la Administración de Ferrocarriles del Estado y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a suscribir contratos con la Empresa Estatal de Economía Exterior de la Federación de Rusia, "Machinoexport", por la adquisición de materiales, como forma de cancelación de deuda, por un monto de U$S 17:000.000 y U$S 9:000.000 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1. del Acuerdo inicialado el 27 de junio de 1997. (*)

Artículo 4Artículo 4

Los suministros correspondientes al saldo de la deuda no cancelada de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior serán definidos por parte uruguaya por los organismos involucrados antes referidos, y otros interesados, y las autoridades de la Federación de Rusia.

Artículo 5Artículo 5

Facúltase al Banco de la República Oriental del Uruguay a recibir mercadería de la Federación de Rusia como forma de cancelación de la deuda en el marco del Acuerdo, y con destino a la Administración de Ferrocarriles del Estado y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

Artículo 6Artículo 6

La Administración de Ferrocarriles del Estado, y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas instrumentarán con el Banco de la República Oriental del Uruguay las condiciones y forma de pago de los materiales que reciban de la Federación de Rusia; y acordarán la modalidad de ingreso a su patrimonio.

Artículo 7Artículo 7

El Ministerio de Relaciones Exteriores coordinará con el Banco de la República Oriental del Uruguay la manera en que hará efectivo a este último los montos correspondientes al arriendo del que es exonerado por la Federación de Rusia, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Cancelación de Deuda.

Artículo 8Artículo 8

Comuníquese, publíquese, etc.