Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Proyecto de Acuerdo inicialado en Moscú el 27 junio de 1997. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Proyecto de Acuerdo inicialado en Moscú el 27 junio de 1997. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Autorízase al señor Subsecretario de Relaciones Exteriores a suscribir el acuerdo definitivo de cancelación de deuda con la Federación de Rusia.
Artículo 3 — Artículo 3
Facúltase a la Administración de Ferrocarriles del Estado y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a suscribir contratos con la Empresa Estatal de Economía Exterior de la Federación de Rusia, "Machinoexport", por la adquisición de materiales, como forma de cancelación de deuda, por un monto de U$S 17:000.000 y U$S 9:000.000 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1. del Acuerdo inicialado el 27 de junio de 1997. (*)
Artículo 4 — Artículo 4
Los suministros correspondientes al saldo de la deuda no cancelada de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior serán definidos por parte uruguaya por los organismos involucrados antes referidos, y otros interesados, y las autoridades de la Federación de Rusia.
Artículo 5 — Artículo 5
Facúltase al Banco de la República Oriental del Uruguay a recibir mercadería de la Federación de Rusia como forma de cancelación de la deuda en el marco del Acuerdo, y con destino a la Administración de Ferrocarriles del Estado y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Artículo 6 — Artículo 6
La Administración de Ferrocarriles del Estado, y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas instrumentarán con el Banco de la República Oriental del Uruguay las condiciones y forma de pago de los materiales que reciban de la Federación de Rusia; y acordarán la modalidad de ingreso a su patrimonio.
Artículo 7 — Artículo 7
El Ministerio de Relaciones Exteriores coordinará con el Banco de la República Oriental del Uruguay la manera en que hará efectivo a este último los montos correspondientes al arriendo del que es exonerado por la Federación de Rusia, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Cancelación de Deuda.
Artículo 8 — Artículo 8
Comuníquese, publíquese, etc.