Decreto386-2001·2001

INCLUSION DE SERVICIOS GRAVADOS POR EL IVA. EXPORTACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de marzo de 2001

Fecha de publicación

10 de octubre de 2001

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los servicios referidos en los literales b), c) y d) del artículo 1º del Decreto Nº 386/000, de 29 de diciembre de 2000, cuando sean prestados desde territorio nacional no franco a personas físicas o jurídicas instaladas en zonas francas, serán considerados exportaciones a los efectos del Impuesto al Valor Agregado. (*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc..-