Decreto387-1991·1991

FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. COMPAÑIA DEL GAS DE MONTEVIDEO. MAYO 1991

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/07/1991

Fecha de publicación

17/12/1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las tarifas máximas del gas por cañería para los servicios a cargo de la Compañía del Gas de Montevideo, que se aplicarán a los consumos que se efectúen a partir del 1º de mayo de 1991, conforme al detalle siguiente: TARIFA 1) Comprende los servicios residenciales. Se compondrá de: 1.1. Un cargo por consumo de gas N$ 522.43 por m3. Para consumos de 0 hasta 50 m3. habrá 10 m3. sin cargo. 1.2. Un cargo fijo mensual: De 0 a 10 m3. ................................... N$ 9.537.26 De 11 a 50 m3. .................................. N$ 12.842.84 De 51 en adelante ............................... N$ 18.317.20 De 51 m3. en adelante ........................... N$ 18.317.20 TARIFA 2) Comprende empresas comerciales, de servicios, confiterías y hotelería en general. Se compondrá de: 2.1. Un cargo por consumo de gas de N$ 522.43 por m3. 2.2. Un cargo fijo mensual. De 0 m3. a 10 m3. ............................... N$ 10.176.23 De 11 m3. en adelante ........................... N$ 41.383.32 TARIFA 3) Comprende otros usos (servicios a empresas manufactureras, centros de asistencia médica pública y privada, dependencias estatales). Se compondrá de: 3.1. Un cargo fijo por consumo de gas de N$ 522.43 m3. 3.2. Un cargo fijo mensual de N$ 85.532.53. (*)

Artículo 2Artículo 2

A los precios que se establecen en el artículo 1º deberá adicionárseles los impuestos que en cada caso correspondan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.