Decreto388-1986·1986

FIJACION DE RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE PARTICULAR CONFIANZA DEL SODRE. JULIO 1986

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/07/1986

Fecha de publicación

9 de febrero de 1986

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La remuneración de los cargos de Director y Subdirector de los Servicios de Televisión Nacional, de Director de Canal 8 de Melo y Director de Radiodifusión Nacional del Servicio Oficial de Difusión, Radio Televisíón y Espectáculos será fijada de la siguiente manera: a) La del Director de los Servicios de Televisión Nacional, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 9 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986. b) La del Subdirector de los Servicios de Televisión Nacional, conforme a lo establecido en el literal f) del artículo 9 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986. c) La del Director del Canal 8 de Melo, conforme a lo establecido en el literal h) del artículo 9 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986. d) La del Director de Radiodifusión Nacional, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 9 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.