Artículo 1 — Artículo 1
Duplícanse los coeficientes establecidos para cada Grado por el artículo 3º del Decreto Nº 361/977 de 28 de junio de 1977, referentes a los montos a pagar por seguro e invalidez.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Duplícanse los coeficientes establecidos para cada Grado por el artículo 3º del Decreto Nº 361/977 de 28 de junio de 1977, referentes a los montos a pagar por seguro e invalidez.
Artículo 2 — Artículo 2
Triplícanse los coeficientes establecidos para cada Grado en el artículo 4º del Decreto Nº 361/977 de 28 de junio de 1977, referentes a los montos a pagar por gastos de sepelio.
Artículo 3 — Artículo 3
Las modificaciones establecidas comenzarán a regir el primer día del mes posterior a la fecha de este Decreto.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.