Decreto388-2007·2007

PROHIBESE LA IMPORTACION, COMERCIALIZACION Y REGISTRO DE VACUNAS PARA INMUNIZAR CONTRA LA ENFERMEDAD HEMORRAGICA VIRAL DEL CONEJO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/10/2007

Fecha de publicación

23/10/2007

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, no se autorizará la importación, comercialización y registro de vacunas para inmunizar contra la Enfermedad Hemorrágica Viral del Conejo.

Artículo 2Artículo 2

Publíquese, etc.