Decreto388-2014·2014

INCORPORACION DE "LAGUNA GARZON" AL SISTEMA NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS. AMPLIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/12/2014

Fecha de publicación

1 de diciembre de 2015

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase el artículo 1° del Decreto 341/014, de 21 de noviembre de 2014, que aprobó la selección y delimitación del área natural protegida denominada "Laguna Garzón" y su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, estableciéndose como límite del área la polilínea, resultante de los puntos identificados en el anexo al presente decreto (*), e incluyendo: a. Los padrones indicados en los literales "a", "b" y "c" del art. 1° del Decreto 341/014, de 21 de noviembre de 2014; b. los cuerpos de agua de las lagunas Garzón, Nueva, Rincón de Techera, Mansa, Larga y Chica; c. los espacios públicos no comprendidos en los padrones referidos en el literal "a" del presente, como la franja costera entre la proyección del límite suroeste y del límite sureste del sector continental del área; y, d. una faja oceánica paralela a la costa de 5 millas náuticas desde la línea de ribera, a partir de la proyección del límite suroeste del sector continental del área y hasta el límite del sector oceánico del área natural protegida "Laguna de Rocha", delimitada por el Decreto 61/010, de 18 de febrero de 2010.-

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la polilínea que identifica los límites del área protegida "Laguna Garzón", señalada en la propuesta de incorporación al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, elaborada por la Dirección Nacional de Medio Ambiente y que se detalla en el listado de coordenadas indicadas en el anexo al presente decreto (*).-

Artículo 3Artículo 3

Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente cometiéndose las notificaciones correspondientes.-