Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la evaluación del plan Piloto que se desarrolla en la ciudad de Trinidad, en el marco del Plan Cardales, según el alcance expuesto en los Considerandos V) y VI) del presente Decreto, con los efectos allí enunciados, designándose a tal efecto una Comisión integrada por el Presidente del Laboratorio Tecnológico del Uruguay, un Delegado de la URSEC, un Delegado del Ministerio de Desarrollo Social y un Delegado de la Administración Nacional de Telecomunicaciones. Dicha Comisión elevará sus conclusiones al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de la Presidencia de la República.