Decreto391-1989·1989

APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1989. DIRECCION GENERAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/08/1989

Fecha de publicación

22/02/1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Amplíanse en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1989, los proyectos de inversión siguientes, en un monto total de N$ 137:919.860,00 (nuevos pesos ciento treinta y siete millones novecientos diecinueve mil ochocientos sesenta) a financiarse con los recursos extrapresupuestales: Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en N$ 13 006 006 Instituto Nacional de Alimentación Proyectos Adecuación y reparación de edificios (N° 704) 48:000.000,00 Adquisición de equipos y mobiliario N° 705 89:919.860,00

Artículo 2Artículo 2

Incorporación al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1989 al amparo de lo dispuesto por el artículo 2° del decreto 881/988 de 28 de diciembre de 1988 el proyecto de inversión siguiente, por un monto total de N$ 29:836.420,00 (nuevos pesos veintinueve millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos veinte) a financiarse con recursos extrapresupuestales: Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en N$ 13 006 006 Instituto Nacional de Alimentación Proyecto Adquisición de Vehículos (N° 719) 29:836.420,00

Artículo 3Artículo 3

Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1989, presentados por las Unidades Ejecutoras 001 "Dirección General de Trabajo y Seguridad Social" del Programa 001 "Administración general" y 006 "Instituto Nacional de Alimentación del Programa 006 "Investigación y asistencia alimentario-nutricional" del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", por un monto total de N$ 1.494:952.446,00 (nuevos pesos mil cuatrocientos noventa y cuatro millones novecientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis), de acuerdo y detalle consignado en anexo adjunto,<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que es parte integrante del presente Decreto.

Artículo 4Artículo 4

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación, publíquese, etc.-