Artículo 1 — Artículo 1
Increméntase el Renglón 064.302 "Retribuciones Adicionales por Compensaciones Transitorias" del Programa 014 "Coordinación del Comercio", de la Dirección General de Comercio, del Inciso 05 -Ministerio de Economía y Finanzas-, exclusivamente en la Financiación 1.1 y disminúyase el Renglón 067/306 "Retribuciones Complementarias Bonificación por Excelencia en Desempeño", a valores del 1º de enero de 1995, para los Ejercicios 1996 - 1999, en la suma de $ 1.276.000,oo (pesos uruguayos un millón doscientos setenta y seis mil).