Decreto395-2021·2021

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. TRENTA Y TRES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de enero de 2021

Fecha de publicación

12 de agosto de 2021

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) el inmueble padrón con el número quince mil ochocientos veintisiete (N° 15.827), con un área de siete mil ciento diecinueve metros cuadrados (7.119 m²), ubicado en la Localidad Catastral de Treinta y Tres, del departamento del mismo nombre, zona urbana, según plano del Ing. Agrim. Daniel Segovia inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Treinta y Tres, con el número 9966 el 20 de marzo de 2015.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.