Artículo 1 — Artículo 1
PRORROGASE hasta el 30 de junio de 2001 el plazo establecido en los artículos 1º y 8º del Decreto 419/99 de fecha 29 de diciembre de 1999. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
PRORROGASE hasta el 30 de junio de 2001 el plazo establecido en los artículos 1º y 8º del Decreto 419/99 de fecha 29 de diciembre de 1999. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
AUTORIZASE al Ministerio de Educación y Cultura a ajustar el Proyecto de "Apoyo en la instalación y funcionamiento de la Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado" en función de lo establecido por el artículo anterior.
Artículo 3 — Artículo 3
DESE cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.